Art. 81.
Art 81 de la Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos. · BOE-A-1980-8656
Atención: BOE-A-1980-8656 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el transporte de carburantes y combustibles en envases se observarán las siguientes normas:
1.º Cuando CAMPSA fuere la remitente de la mercancía, el transporte irá acompañado de la correspondiente orden de entrega formalizada por la misma.
2.° En los demás casos se exigirá una Guía de Circulación, expedida por CAMPSA, que ampare el transporte, si éste excediese de 1 000 litros de gasolinas o querosenos, o de 3.000 litros de gasóleo o fueloil.
3.º Los transportes de más de 200 litros de carburantes o combustibles e inferiores a las indicados en el apartado segundo de este artículo, deberán acompañarse de factura expedida en eI mismo día por la instalación expendedora.
4.º Los transportes de 200 litros, o menos, así como los realizados en los depósitos propios de los vehículos consumidores, se harán libremente.