Art. 8.
Art 8 del Real Decreto 795/1989, de 23 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto de Astrofísica de Canarias. · BOE-A-1989-15483
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-05.
Texto consolidado
Uno.–Para el cumplimiento de las funciones que tiene atribuidas por el artículo segundo del Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, el Instituto de Astrofísica de Canarias se estructura orgánicamente, bajo la dependencia del Director, en un área de Investigación, un área de Instrumentación y un área de Enseñanza, al frente de cada una de las cuales habrá un Coordinador y en una Administración General, regida por un Administrador.
Dos.–Para auxiliar al Director en el desempeño de sus funciones existirá un Comité de Dirección, bajo su presidencia, del que formaran parte necesariamente los Coordinadores y el Administrador.
Tres.–Por el Director del Instituto se adscribirán a las distintas unidades orgánicas las instalaciones telescópicas e instrumentales propias de ente, así como los laboratorios, talleres y sistemas de medida, calculo, diseño, fabricación y mantenimiento instrumental y cuantas otras dependencias y servicios sean necesarios.