Art. 71.
Art 71 del Decreto 2177/1967, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Cobertura de Riesgos Nucleares. · BOE-A-1967-15321
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-10-08.
Texto consolidado
La Sección creada en el Consorcio de Compensación de Seguros por el artículo 62 de la Ley sobre Energía Nuclear se denominará Sección Especial de Riesgos Nucleares y gozará de plena independencia financiera, patrimonial, estadística y contable respecto a las demás secciones que integran este Organismo, sin que pueda producirse compensación de saldos entre unas y otras secciones.