Art. 7.
Art 7 del Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal. · BOE-A-1989-11630
Atención: Real Decreto 555/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La cancelación de una nota desfavorable no llevará consigo la desaparición de las consecuencias o efectos administrativos que se reflejen en otras partes de la documentación militar personal: Cómputo de tiempo de servicio o suspensión de empleo, pérdida de puestos en el escalafón o baja en el destino o en las Fuerzas Armadas o Guardia Civil, por ser vicisitudes de la vida profesional militar, aunque no se consignará el motivo o se hará desaparecer si consta.