El Vínculo El Vínculo.
Decreto Derogada

Art. 67.

Art 67 del Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España. · BOE-A-1974-772

Atención: Decreto 1291/1974 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Vicepresidentes, por su orden, sustituirán al Presidente en todas sus funciones en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante.

El Tesorero custodiará los fondos en la forma que el Pleno disponga y firmará los documentos de cobros y pagos.

El Contador intervendrá todos los documentos de cobros y pagos y supervisará la contabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-05-10.

Más artículos de Decreto 1291/1974

En El Vínculo puedes leer Decreto 1291/1974 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.