Art. 66.
Art 66 del Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos. · BOE-A-1977-14718
Atención: Real Decreto 1471/1977 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta de Gobierno del Colegia estará integrada por el Presidente, Secretario, Tesorero, Contador y los Vocales que se fijen en los Estatutos particulares de cada Colegio, uno de ellos delegado del órgano de previsión, y su número no podrá ser inferior a dos. Todos ellos tendrán voz y voto y tomarán sus acuerdos por mayoría.