Art. 65.
Art 65 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. · BOE-A-1990-645
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-12.
Texto consolidado
1. Las propuestas de disposición general serán sometidas a informe de los servicios jurídicos del Departamento correspondiente.
2. Los anteproyectos de disposición general serán sometidos a informe del Gabinete Jurídico Central, que lo emitirá en el plazo de un mes.
3. Una vez emitido el informe a que se refiere el apartado 1 y con la conformidad previa del Consejero, los anteproyectos de disposiciones generales deberán ser sometidos al Consejo Técnico, de acuerdo con lo establecido por el artículo 17. y la disposición derogatoria del Decreto Legislativo 1/1991, de 25 de marzo. Ref. DOGC-f-1991-90002., que refunde la citada ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1991-2940.