Art. 61.
Art 61 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. · BOE-A-1984-3460
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-24.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en los artículos 44 al 48 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, el Consell reglamentará lo necesario para adaptar las normas de la Administración del Estado a la organización peculiar de la Generalitat.
Su anterior numeración era art. 66.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-8281.