Art. 57.
Art 57 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. · BOE-A-1987-11921
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-04.
Texto consolidado
Las faltas se clasificarán en:
a) Muy graves.
b) Graves.
c) Leves.