Art. 57.
Art 57 del Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España. · BOE-A-1974-772
Atención: Decreto 1291/1974 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Pleno del Consejo Superior se constituirá dentro del mes siguiente al de la constitución de los Plenos de las Cámaras y en la fecha que determine el Ministerio de Comercio.
Se prorroga el plazo indicado según establece el art. 1 del Real Decreto 257/1979, de 13 de febrero. Ref. BOE-A-1979-4736.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1979-4736.