Art. 50. Status.
Art 50 de la Ley 20/1983, de 26 de noviembre, por la que se autoriza el ingreso de España en el Banco Africano de Desarrollo. · BOE-A-1983-31432
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-02.
Texto consolidado
Para posibilitar el cumplimiento de su propósito y funciones que le han sido confiadas, el Banco poseerá plena personalidad internacional. A tal propósito, podrá establecer acuerdos con miembros, Estados no miembros y organizaciones internacionales. Con idéntica finalidad se le otorgará al Banco en el territorio de cada país miembro el «status», la inmunidad, las exenciones y privilegios a que se refiere el presente capítulo.