Artículo 5.º
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-12-28.
Texto consolidado
Corresponderá al Pleno aprobar los acuerdos de traspasos de servicios, con el contenido que se determina más adelante, y tomará las demás decisiones que corresponden a la competencia de aquél. En especial, le corresponderá la interpretación y desarrollo de las presentes normas y resolver las cuestiones que le sometan los Organismos encargados de llevar a cumplimiento y ejecución los acuerdos antes mencionados.
Los acuerdos se adoptarán por consenso de las dos representaciones y se entenderá formalizada la propuesta al Gobierno cuando den su conformidad expresa a los mismos el Presidente y el Vicepresidente de la Comisión.
Más artículos de Real Decreto 3825/1982
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- Ver la norma completa: Real Decreto 3825/1982, de 15 de diciembre, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda de su Estatuto de Autonomía.