Art. 5.
Art 5 del Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE). · BOE-A-1974-436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-14.
Texto consolidado
El domicilio legal de FEVE, a toda clase de efectos, judiciales, administrativos, laborales y fiscales, radicará en Madrid en las oficinas de su dirección.