Art. 49. Reincorporación.
Art 49 de la Orden de 16 de junio de 1972 por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía. · BOE-A-1972-925
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-07-16.
Texto consolidado
Los colegiados de número que se diesen de baja voluntaria en el Colegio, cumpliendo con los requisitos establecidos en estos Estatutos, y más tarde solicitaran su reincorporación al Colegio, lo solicitarán por escrito, del Decano, bien directamente o por intermedio de los Delegados provinciales, acompañando a la misma el recibo de haber satisfecho la cuota de reincorporación reglamentariamente acordada por la Junta general de Colegiados en esa fecha.