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Real Decreto Derogada

Art. 45.

Art 45 del Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos. · BOE-A-1977-14718

Atención: Real Decreto 1471/1977 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Colegio ostentará en su ámbito la representación y defensa de la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales, Entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses de la profesión y de los colegiados y ejercitar el derecho de petición, conforme a la Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado tres del artículo 1.º de la Ley de Colegios Profesionales.

Igualmente el Colegio ejercerá cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses profesionales de los colegiados.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 175, de 13 de julio de 1977. Ref. BOE-A-1977-16858.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1977-06-29.

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