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Real Decreto Vigente

Art. 44.

Art 44 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos. · BOE-A-1988-6186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

Texto consolidado

Podrá alearse el oro con otros metales para obtener distintas coloraciones, tales como «oro blanco», por aleación con paladio o níquel, «oro rosa» y «oro rojo», debiendo, en todo caso, mantenerse la proporción de oro en la aleación para que se alcance alguna de las dos «leyes» oficiales del oro.

Estas aleaciones serán consideradas y contrastadas como oro de la «ley» correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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