Art. 44.
Art 44 del Decreto 2177/1967, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Cobertura de Riesgos Nucleares. · BOE-A-1967-15321
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-10-08.
Texto consolidado
La demora en el pago de la prima o de las fracciones de prima obliga al asegurado a satisfacer intereses desde la fecha de su vencimiento.
Queda a salvo el derecho del asegurador a exigir el pago de la prima o primas atrasadas en los términos establecidos en el Código de Comercio.