Art. 417.
Art 417 del Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra. · BOE-A-1983-31306
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
Las Unidades y Centros podrán realizar también, previa autorización del mando correspondiente, ceremonias de carácter particular con ocasión de festividades locales y efemérides y tradiciones propias.