Art. 41.
Art 41 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. · BOE-A-1990-645
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-01-11.
Texto consolidado
La autorización de firma no es necesario que haya sido publicada. La firma autorizada deberá ir precedida de la identificación del cargo que autoriza y de las palabras «Por autorización», seguidas de la denominación del órgano autorizado.