El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 4.

Art 4 del Real Decreto 916/1985, de 25 de mayo, por el que se establece un procedimiento abreviado de tramitación de concesiones y autorizaciones administrativas para la instalación, ampliación o adaptación de aprovechamientos hidroeléctricos con potencia nominal no superior a 5.000 KVA. · BOE-A-1985-11860

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-12.

Texto consolidado

En el plazo de diez días, la Comisaría de Aguas examinará la documentación presentada, referente a los apartados 1, 2 y 3. del artículo 3.°, con excepción de la parte técnica del proyecto, y si la encontrase completa dentro del mismo plazo, remitirá tres ejemplares de la documentación a que se refiere el apartado 4 y, en su caso, el 5 del artículo 3.°, al órgano competente en materia de industria y energía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-07-12.

Más artículos de Real Decreto 916/1985

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 916/1985 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.