El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 4.

Art 4 del Real Decreto 795/1989, de 23 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto de Astrofísica de Canarias. · BOE-A-1989-15483

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-05.

Texto consolidado

Uno.–El Director del Instituto es el órgano ejecutivo del Consejo Rector. Le corresponde resolver sobre las cuestiones de índole científica, administrativa y económica con sujeción a las directrices que establezca dicho Consejo. Ejercerá asimismo aquellas funciones que le atribuye el Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, y cualesquiera otras que le encomienden o deleguen el Consejo Rector o su presidente.

Dos.–El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias asumirá la dirección de los institutos adscritos al mismo, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril.

Tres.–Sin perjuicio de las atribuciones del Consejo Rector, y de su Presidente, el Director ejercerá, respecto del Instituto, las funciones que la Ley de Entidades Estatales Autónomas y normas concordantes atribuyen a los Directores de los organismos autónomos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-05.

Más artículos de Real Decreto 795/1989

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 795/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.