Art. 4.°
Art 4 del Real Decreto 703/1988, de 1 de julio, por el que se aprueban las características de las botellas utilizadas como recipientes-medida. · BOE-A-1988-16880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-07-08.
Texto consolidado
Se reconocen igualmente como botellas recipientes-medida las que, llevando la marca y el distintivo a los que se refiere el punto 5 del anexo I, sean aprobados por los demás Estados miembros de la CEE y notificados al Centro Español de Metrología.