Art. 4.
Art 4 del Real Decreto 545/1986, de 7 de marzo, determinando la fecha de aplicación a las Clases de Tropa y Marinería no profesionales del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1986-7328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-04-08.
Texto consolidado
1. El Ministro de Defensa dictará las disposiciones precisas para el desarrollo del presente Real Decreto, conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, con la aprobación del Ministerio de la Presidencia.
2. El Ministro de Economía y Hacienda efectuará las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento del presente Real Decreto.