Artículo 4. Prioridad de actuaciones.
Art 4 de la Orden de 6 de marzo de 1991 por la que se autoriza el establecimiento de precios públicos para determinados servicios prestados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. · BOE-A-1991-6907
Atención: BOE-A-1991-6907 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios solicitados por las administraciones públicas en materia de ensayo de equipos de protección individual al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, mientras permanezca la situación de crisis sanitaria producida por la COVID-19, serán atendidos con carácter prioritario respecto al resto de solicitudes que se presenten.#au
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Orden TES/1184/2020, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 6 de marzo de 1991, por la que se autoriza el establecimiento de precios públicos para determinados servicios prestados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo..