Art. 4.
Art 4 de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares. · BOE-A-1991-9291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-10.
Texto consolidado
Se declaran Áreas Rurales de Interés Paisajístico los espacios que se definen gráficamente en el anexo I con exclusión de los que constituyan Áreas de Asentamiento en Paisaje de Interés.