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Orden Vigente

Art. 39. Baja por no superación de las pruebas correspondientes a las asignaturas y materias del plan de estudios.

Art 39 de la Orden 43/1993, de 21 de abril, sobre Régimen del Alumnado de los Centros docentes militares de formación. · BOE-A-1993-10818

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-09-01.

Texto consolidado

Los alumnos de los centros docentes militares de formación que no superen, conforme a lo establecido y en los plazos previstos, las pruebas correspondientes a las asignaturas y materias que integran el respectivo plan de estudios y aquellas que impliquen la acreditación de las aptitudes específicas a que hace referencia el artículo 35 del presente Régimen del Alumnado, serán propuestos por el Director del centro para causar baja en éste.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-09-01.

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