El Vínculo El Vínculo.
Decreto Derogada

Art. 39.

Art 39 del Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes 116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 de junio, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. · BOE-A-1974-1625

Atención: Decreto 2864/1974 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las prestaciones económicas de Protección a la Familia serán las siguientes:

a) Una asignación mensual por hijos.

b) Una asignación mensual por esposa.

c) Una asignación el contraer matrimonio.

d) Una asignación al nacimiento de cada hijo.

Las cuantías, supuestos y condiciones de dichas prestaciones serán idénticos a los establecidos en el Régimen General para los trabajadores y pensionistas comprendidos en el grupo primero del artículo 19 de esta Ley, incluido el aumento de las cuantías de las asignaciones de pago periódico en el supuesto de beneficiarios que sean miembros de familias numerosas.

2. Para los trabajadores y pensionistas comprendidos en los restantes grupos a que se refiere el artículo 19, las asignaciones de pago único se otorgarán en los mismos supuestos, condiciones y cuantía que para los del grupo primero, respecto a las asignaciones de pago periódico, reglamentariamente se determinarán los supuestos, condiciones y cuantía en que se otorguen, con aplicación, en todo caso, del aumento de sus cuantías correspondientes a las familias numerosas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-10-11.

Más artículos de Decreto 2864/1974

En El Vínculo puedes leer Decreto 2864/1974 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.