Art. 349.
Art 349 del Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra. · BOE-A-1983-31306
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
La guardia de prevención contribuirá a la protección del material y documentos clasificados, de acuerdo con lo que se especifique en el Plan de Seguridad.
Custodiará a los detenidos y arrestados que se le encomienden y efectuará, las retenciones que legalmente procedan y ordene el Comandante de la misma.