Art. 339.
Art 339 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
Todo militar será provisto, según las necesidades de cada actividad, del equipo y prendas reglamentarias de uniforme, emblemas y distintivos, así como de las condecoraciones. La autoridad competente determinará lo que debe proporcionarse con cargo al interesado.