Art. 335.
Art 335 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
Los Suboficiales de guardia cumplirán lo dispuesto en el Manual de Organización del buque, normas vigentes y órdenes recibidas de sus Oficiales correspondientes, a quienes informarán de todas las novedades que ocurran durante el desarrollo de la guardia.