Art. 305.
Art 305 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
En los alojamientos a bordo se observará el máximo respeto a la intimidad, compatible con la seguridad militar y marinera del buque.