Art. 3.º
Art 3 del Real Decreto 996/1986, de 25 de abril, por el que se regula la suscripción de Convenio Especial de los emigrantes e hijos de emigrantes. · BOE-A-1986-12919
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-06-01.
Texto consolidado
1. Los que suscriban el Convenio Especial señalado en el artículo 1.º deberán comprometerse a abonar a su cargo el importe de la cotización a la Seguridad Social.
2. La base mensual de cotización en el Convenio Especial será la base mínima que en cada momento esté establecida en el Régimen General para los trabajadores mayores de dieciocho años. La cuota mensual a ingresar será la que resulte de aplicar a dicha base los coeficientes que determine el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.