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Real Decreto Derogada

Art. 28.

Art 28 del Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. · BOE-A-1979-7819

Atención: Real Decreto 490/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son funciones de la Junta directiva:

1. Examinar los discursos de recepción y contestación y darles la aprobación necesaria, previo informe de la Sección correspondiente. Este examen y aprobación previos con igual trámite, se harán extensivos a cuantos trabajos se publiquen por la Academia.

2. Administrar los fondos de la Academia ateniéndose a los acuerdos que sobre esta materia adopte la Corporación y a las normas de contabilidad establecidas por la Administración.

3. Redactar con la anticipación debida el presupuesto de ingresos y gastos, para someterlo a la aprobación del Pleno de la Academia.

4. Formalizar las cuentas justificadas de gastos para su examen y aprobación por el Pleno.

5. Inspeccionar y vigilar el buen orden y organización de los servicios de la Corporación y formular a la Academia las propuestas que con este fin considere necesarias.

6. Adoptar cualquier resolución ejecutiva que circunstancias imprevistas exijan, dando cuenta al Pleno en el plazo más breve posible.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-04-06.

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