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Real Decreto Vigente

Art. 267.

Art 267 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.

Texto consolidado

En las Bases, Arsenales y Centros donde existan instalaciones portuarias se nombrará diariamente, si las circunstancias lo requieren, un Oficial de Guardia de Puerto que dependerá directamente del Comandante de la Guardia. Su misión consistirá en conocer y controlar los movimientos que se produzcan de buques y embarcaciones menores y facilitarles el uso de los servicios portuarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-05-31.

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