Art. 26.
Art 26 de la Orden de 23 de diciembre de 1988 por la que se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad de León. · BOE-A-1988-29628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-31.
Texto consolidado
Las votaciones podrán efectuarse mediante:
a) Llamamiento público, en el que cada Consejero manifieste oralmente su aprobación, desaprobación o abstención.
b) Papeleta secreta, cuando así lo pida uno de los Consejeros.
Las votaciones se realizaran por orden alfabético de apellidos. En último lugar votará el Presidente, cuyo voto tendrá carácter de voto de calidad a efectos de dirimir posibles empates.