Art. 251.
Art 251 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492
Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En ningún caso podrá garantizarse por la Junta Sindical ni por el Colegio de Agentes de Cambio y Bolsa la colocación o venta de los títulos ni la cesión de las letras o pagarés en armonía con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 96 del Código de Comercio.