Art. 247.
Art 247 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
Pernoctará en la Unidad, precisamente en un local cercano al dormitorio de la tropa y sólo podrá ausentarse de la Base, Aeródromo o Acuartelamiento durante las horas de paseo y con permiso expreso del Oficial de Servicio Interior.