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Decreto Derogada

Art. 247.

Art 247 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para prevenir los efectos de nulidad en la enajenación de los títulos valores cotizables efectuados después de la publicación de su denuncia, y los de su validez después de anulado el anuncio, como previenen los artículos 560, 561 y 565, del Código de Comercio, destinará la Junta Sindical un tablón de edictos para los avisos de denuncias, autos judiciales impidiendo la negociación de títulos-valores, confirmando o levantando esta prohibición, comunicaciones de las autoridades y acuerdos de la propia Junta, anulando los avisos de las denuncias presentadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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