Art. 24.
Art 24 de la Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo. · BOE-A-1986-24863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-09-20.
Texto consolidado
El Secretario del Consejo Social podrá desempeñar sus funciones a tiempo completo o a tiempo parcial. El concepto y la cuantía de las retribuciones que en cada caso le correspondan serán fijadas por el Pleno del Consejo en el marco de lo que legalmente se establezca.
La Secretaría del Consejo puede ser desempeñada por un docente universitario en régimen de dedicación a tiempo completo; a salvo lo que disponga la legislación vigente; en su caso, las retribuciones que le correspondan se incorporarán a su complemento específico.