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Real Decreto Vigente

Art. 232.

Art 232 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.

Texto consolidado

En las Bases Aéreas y Aeródromos en que desplieguen aviones en avanzada situación de disponibilidad se montará una Guardia de Alerta. El Jefe de la Unidad correspondiente de acuerdo con la situación, medios disponibles e instrucciones del mando, determinará en cada caso el número de aviones y tripulaciones afectadas, el personal auxiliar necesario, la conveniencia o no de nombrar un Oficial o Suboficial de Alerta, así como sus cometidos específicos, dependencia y duración del servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-04-01.

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