Art. 230.
Art 230 del Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra. · BOE-A-1983-31306
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
Cuando formen las unidades, los jefes de las mismas pasarán revista al personal, recibiendo previamente parte de novedades de los Oficiales o Sargentos de Cuartel, según proceda.
Cuando la tropa forme sin sus mandos, normalmente lo hará a las órdenes de los Sargentos de Cuartel.