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Decreto Derogada

Art. 227.

Art 227 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Tan pronto como se adviertan omisiones o equivocaciones producidas al hacer un asiento, se salvarán inmediatamente por otro, indicándose la omisión o equivocación sufridas y dejando constancia expresa de que se trata de un asiento de rectificación.

En los casos de omisión involuntaria de un asiento en el libro registro el Agente procederá a la subsanación del error, mediante el oportuno asiento, tan pronto lo advierta, dando cuenta de ello, necesariamente por escrito, a la Junta Sindical.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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