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Real Decreto Vigente

Art. 22.

Art 22 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos. · BOE-A-1988-6186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

Texto consolidado

1. Los laboratorios oficiales someterán a los objetos de metales preciosos a un examen detallado acerca de su fabricación y montaje y determinarán la «ley» de su aleación.

2. Los laboratorios oficiales marcarán los objetos, cuando vayan a ser destinados al tráfico comercial en el interior, en la forma que determina este Reglamento. En el caso de que el ensayo sea solicitado a los solos efectos de información, se extenderá el oportuno certificado, pero no se marcarán los objetos con contraste alguno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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