Art. 22. Gastos de viaje.
Art 22 de la Orden de 16 de junio de 1972 por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía. · BOE-A-1972-925
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-07-16.
Texto consolidado
A los Vocales nombrados de acuerdo con el artículo 17 que no tengan obligatoriedad de residencia se les abonará, con cargo a la Tesorería del Colegio, los gastos de locomoción y tantos días de dietas como duren las reuniones.