Art. 211.
Art 211 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492
Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La imposición de las sanciones previstas en el artículo anterior requerirá la previa indicación del interesado ante la Junta Sindical para mayor proceder a su defensa, salvo renuncia expresa o ilícita de tal derecho por el Agente afectado.