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Acuerdo Vigente

Art. 21.

Art 21 del Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. · BOE-A-1986-10872

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-06.

Texto consolidado

El Pleno del Consejo podrá designar otras Comisiones y Consejeros delegados de entre los Vocales de aquél, para la atención de determinadas áreas de su competencia y de relación con los demás órganos del Estado, con otras instituciones públicas y sociales o con los medios de comunicación social. En todo caso, existirán las necesarias para atender a la eficaz relación con el Ministerio de Justicia, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo, las asociaciones profesionales del ámbito de la Administración de Justicia y las Comunidades Autónomas. El alcance de sus funciones será el establecido en el acuerdo de designación.

La duración del mandato de las Comisiones y Consejeros delegados será de un año, con posibilidad de reelección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-05-06.

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