Art. 206.
Art 206 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
El Capitán de Día será responsable ante el Jefe de Servicio de que los actos de régimen interior se realicen con arreglo a lo establecido. En lo que respecta a los servicios, será responsable de su funcionamiento fuera de las horas de trabajo y durante el mismo tendrá sobre ellos las atribuciones que, en cada caso, fije el Jefe de la Unidad y estas Reales Ordenanzas. Cuando no haya nombrado Jefe de Servicio, la responsabilidad la tendrá ante el Jefe de la Unidad, cuya representación ostentará.