Art. 20.
Art 20 de la Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo. · BOE-A-1986-24863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-09-20.
Texto consolidado
1. Los acuerdos de los órganos del Consejo Social serán adoptados por mayoría simple, entendiéndose que ésta se produce cuando hay más votos a favor que en contra, no contabilizándose las abstenciones. Dirimirá los empates el voto del Presidente.
2. Se entenderá como forma de aprobación el mero asentimiento de los miembros del Consejo.
3. Las votaciones podrán efectuarse mediante:
a) Voto a mano alzada.
b) Llamamiento público, en el que cada Vocal manifieste oralmente su aprobación, desaprobación o abstención.
c) Papeleta secreta, cuando así lo decida la mayoría simple de los asistentes.