El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 20.

Art 20 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias. · BOE-A-1989-12695

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-28.

Texto consolidado

La Audiencia de Cuentas elevará anualmente al Parlamento de Canarias una memoria de sus actuaciones.

Dicha memoria, que se presentará dentro de los tres meses siguientes a la terminación de cada ejercicio, incluirá la liquidación del presupuesto del órgano fiscalizador y un informe de las funciones relacionadas en el artículo 5.1.

El presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias comparecerá ante la comisión parlamentaria encargada de las relaciones con la institución para exponer oralmente un resumen del informe anual, pudiendo a continuación intervenir los grupos parlamentarios de acuerdo con lo que establezca el Reglamento del Parlamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-10296.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 4/1989

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.