Art. 20.
Art 20 del Decreto 744/1967, de 13 de abril, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de la Profesión Periodística. · BOE-A-1967-7131
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-05-05.
Texto consolidado
En caso de existir una notaria desproporción entre la importancia de la publicación y la plantilla de Periodistas de la misma, la Federación Nacional de las Asociaciones de la Prensa lo pondrá en conocimiento de la Dirección General de Prensa que, en su caso determinará la plantilla mínima a que deba atenerse la publicación de que se trate.